¿Quiénes están exentos de ayunar en Ramadán?

¿Quiénes están exentos de ayunar en Ramadán?

¿Quiénes son los musulmanes que no están obligados a ayunar en Ramadán?
Annur TV
Friday 01 de Apr.
¿Quiénes están exentos de ayunar en Ramadán?
  • Mujeres que tengan la menstruación o que se encuentren en una situación de postparto. Esta categoría también incluye a las madres embarazadas y lactantes. Si el ayuno puede dañar a la mujer embarazada y/o al feto, o el ayuno puede afectar al bebé porque la madre no tenga suficiente leche para el niño, se permite romper el ayuno, es decir, no ayunar. Sin embargo, si una madre embarazada o lactante no ayuna solo por temor a dañar al feto o al bebé deberá de compensar los ayunos perdidos.
  • Quienes padezcan una pérdida del conocimiento o pérdida de la mente durante todo el día (es decir, desde el momento de la oración del amanecer hasta el momento de la oración de la tarde). Si alguien que haya perdido el conocimiento o su mente recupera el sentido, aunque sea por un momento, durante el intervalo de luz del día, está obligado desde ese momento a ayunar hasta el final del día.
  • Quienes tengan una enfermedad en la que el ayuno cause daño al cuerpo o cause dolor severo y malestar severo.
  • Quienes realicen un viaje largo. Se considera viaje largo cuando la distancia de viaje es de al menos 83 kilómetros. Además, para que al viajero se le permita no ayunar, es necesario que el viaje sea necesario y se prolongue hasta el final del día. La persona que, estando aún en casa, comenzó a ayunar y luego emprendió un viaje durante el día, no puede romper el ayuno.

“Quien de vosotros esté enfermo o de viaje, que ayune un número igual de días en otro momento”. (Sura Al Bakarah, versículo 184).

  • Los niños
  • Los ancianos

“Y aquellos para quienes sea de gran dificultad (el ayuno) que, en compensación, den de comer a una persona necesitada”. (Sura Al Bakarah, versículo 184).

Ibn Abbas (que Dios esté complacido con él), comentando este versículo, dijo que estamos hablando de personas de edad avanzada que no pueden ayunar y que, en compensación por cada ayuno perdido, deben alimentar a una persona necesitada con un mudd (600 gramos) del principal producto nutricional de la zona (Sahih al-Bukhari, No. 4235).

MundoIslam


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