En su sentencia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) considera que Zemmour no podía escudarse en la libertad de expresión porque sus palabras en un programa de televisión no se limitaron a criticar el Islam, sino que tenían «una intención discriminatoria» para provocar «la exclusión de la comunidad musulmana en su conjunto» en Francia.
Es decir, que da la razón a los jueces franceses que en primera instancia en 2017 y en apelación en 2018 le condenaron por provocar la discriminación y el odio religioso, y le impusieron una multa que finalmente quedó en 3.000 euros.
El TEDH hace hincapié en que el polémico periodista, que entró en la política activa al concurrir a las presidenciales de abril pasado, presentó en esa entrevista a los musulmanes que viven en Francia «como 'colonizadores' e 'invasores' en lucha para 'islamizar' el territorio francés» y recuerda que la consecuencia que sacaba es que tenían que «elegir entre el Islam y Francia», informó el portal eldebate.com