Cuba: La guerra de Estados Unidos contra la población civil de la isla

Cuba: La guerra de Estados Unidos contra la población civil de la isla

Por René Vázquez Díaz para Resumen Latinoamericano

La ley Internacional estipula que la población civil ha de protegerse de los peores efectos de los conflictos entre las naciones. Si un país agrede a otro, las leyes de la civilización y la justicia consagradas por la ONU después de las masacres de la II Guerra Mundial, “obligan” al agresor a excluir del sufrimiento a la población civil dentro del país agredido. Pero obligan al agresor según el respeto a la comunidad internacional, a las leyes de la decencia y al deber humanitario. Cuando todo eso falta, se crean las condiciones para que la guerra económica, diplomática y comercial contra la población civil cubana haya sido posible desde hace más de medio siglo. Arreciar esa agresión en tiempos de pandemia muestra un desprecio inaudito a la vida de los cubanos de todas las edades, y una burla del Derecho Internacional.

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Thursday 10 de Sep.

El Convenio de Ginebra relativo a la protección de civiles en tiempo de guerra establece que la parte agresora “autorizará el libre paso de todo envío de medicamentos y de material sanitario” y que “permitirá, asimismo, el libre paso de todo envío de víveres indispensables”. El bloqueo de Estados Unidos intercepta, imposibilita, sanciona, penaliza y paraliza prácticamente todas las transacciones de Cuba en el extranjero. Es una actividad curiosamente acuciosa, encarnizada y vengativa contra un pequeño país.

El apoyo de una parte de los cubanos del exterior a esta política de exterminio constituye una forma especialmente cobarde de fratricidio, pues se produce cómodamente y a distancia, exponiendo a los elementos más vulnerables de una población inocente por obra y gracia de una potencia extranjera.

Cada vez que un problema político se logra ver como un problema humano, escribió Albert Camus, se ha dado un paso adelante. Está por ver cómo reaccionará la Unión Europea contra esta guerra oprobiosa contra una población civil, en esta época de enfermedad y de muerte. Los cubanos que en EEUU son incapaces de dar ese paso del que habla Camus, son cómplices de un delito contra sus compatriotas inocentes.

El dictador Fulgencio Batista, preferido, laureado y protegido hasta el final por Estados Unidos, era propietario de tres centrales azucareros, un banco, moteles, periódicos, revistas, radioemisoras, un centro turístico en Varadero así como varias compañías de transporte. Era usufructuario, junto a la mafia de Meyer Lansky, del negocio de los casinos de juego en los hoteles y cabarés de La Habana. Nada de esto benefició jamás a los niños cubanos sin escuelas ni a los guajiros sin hospitales, ni salvó de la tortura y la muerte a los revolucionarios que no pudieron ver el 1 de enero de 1959.

La Ley Helms Burton, un engendro jurídico promulgado en un país, EEUU, pero con vigencia en Cuba y con amenazas extraterritoriales únicas en el mundo moderno, no será derogada ni siquiera cuando ocurra un hipotético cambio de régimen en Cuba. Lo será cuando lo estipule un mandamás enviado y designado por, y a las órdenes de, EEUU. La subordinación y la esclavitud del pueblo cubano, añoradas por EEUU y sus secuaces, será mucho más rapaz que la del régimen de Batista.

Ni siquiera un hombre como el monseñor Brian O. Walsh, que en su momento ayudó a la CIA en la implementación de la vergonzosa Operación Peter Pan, estuvo de acuerdo con la política de bloqueo. “La Ley Helms Burton –escribió- me parece nacida de la frustración y hasta de un deseo de venganza”. Y el sacerdote concluye: “La impresión que se tiene es que, apretando las tuercas contra la población cubana se logrará, en un ambiente de olla de presión, una reacción de explosión contra el régimen de Castro. Si ésta ha sido o sigue siendo la intención de EEUU, es claramente inmoral desde cualquier nivel de decencia humana que se le juzgue”.

Fuente: Cuba en Resumen


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