Las fiestas islámicas en la legislación española

Las fiestas islámicas en la legislación española

El texto del Acuerdo de Cooperación del Estado español con la Comisión Islámica de España, convertido en la Ley 26/1992 recoge expresamente en su artículo 12 la fiesta del Id Al Maulid como conmemoración religiosa reconocida, siendo esta la del nacimiento del último profeta.

Annur TV
Tuesday 12 de Nov.

Otras fiestas y conmemoraciones recogidas son Al Hiyra, correspondiente al 1 de Muharram, primer día del Año Nuevo Islámico, Ashura, décimo día del mes de Muharram, Al Isra wa Al Miray, que corresponde al 27 de Rayab, fecha del Viaje Nocturno y la Ascensión del Profeta, Id al Fitr, que corresponde a los días 1, 2 y 3 de Shauwal y celebra la culminación del Ayuno de Ramadán, e Id Al Adha, corresponde a los días 10, 11 y 12 de Du Al Hiyyah y celebra el sacrificio protagonizado por el Profeta Ibrahim (Abraham).

El nacimiento del Profeta Muhammad (PB) tuvo lugar en Meca el día 12 de Rabíu al Awwal, tercer mes del año lunar, coincidiendo ser el mismo día de su llegada a Medina en su Emigración (Hégira) desde Meca y el mismo día de su fallecimiento en Medina.

Siendo el año lunar más corto que el solar, este año 2019 la fecha correspondió al 10 de noviembre.

El texto del Acuerdo de Cooperación del Estado español con la Comisión Islámica de España, recoge expresamente así Al Maulid como conmemoración religiosa reconocida.

En lo que respecta a los trabajadores, el artículo 12.2 señala que “las festividades y conmemoraciones que a continuación se expresan, que según la Ley Islámica tienen el carácter de religiosas, podrán sustituir a las establecidas con carácter general por el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37.2, con el mismo carácter de retribuidas y no recuperables, a petición de los fieles de las Comunidades Islámicas pertenecientes a la Comisión Islámica de España”.

Además, según el artículo 12.3 del Acuerdo de Cooperación, “los alumnos musulmanes que cursen estudios en Centros de enseñanza públicos o privados concertados, estarán dispensados de la asistencia a clase y de la celebración de exámenes, en el día del Viernes y en las festividades y conmemoraciones religiosas anteriormente expresadas (incluido el Id el Maulid), a petición propia o de quienes ejerzan la patria potestad o tutela.”

MundoIslam


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