Falsos positivos en Colombia: Exjefe del Ejército será imputado por 104 ejecuciones extrajudiciales

Falsos positivos en Colombia: Exjefe del Ejército será imputado por 104 ejecuciones extrajudiciales

Esta semana, un grupo de víctimas de casos de ejecuciones extrajudiciales, también llamados falsos positivos, solicitaron a la Fiscalía que adelantara imputación de cargos contra el general retirado del Ejército, Mario Montoya Uribe, por su presunta responsabilidad en el homicidio de al menos 50 personas. Montoya, quien se desempeñó como comandante del Ejército durante el gobierno del expresidente Álvaro Uribe, se acogió a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que lo investiga desde 2018 por estas ejecuciones.

Annur TV
Monday 02 de Aug.

Lo que ocurre en el caso del general (r) Mario Montoya por falsos positivos

Esta semana, un grupo de víctimas de casos de ejecuciones extrajudiciales, también llamados falsos positivos, solicitaron a la Fiscalía que adelantara imputación de cargos contra el general retirado del Ejército, Mario Montoya Uribe, por su presunta responsabilidad en el homicidio de al menos 50 personas. Montoya, quien se desempeñó como comandante del Ejército durante el gobierno del expresidente Álvaro Uribe, se acogió a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que lo investiga desde 2018 por estas ejecuciones.

El fiscal general, Francisco Barbosa, dijo que en los próximos días le imputarán cargos al excomandante del Ejército, por su presunta responsabilidad en 104 casos de ejecuciones extrajudiciales, dentro de las cuales, según manifestó, hay incluidos cinco menores de edad. Estos homicidios, de acuerdo a lo dicho por el fiscal, fueron ejecutados por tropas del Ejército entre 2007 y 2008, años en los que estaba activa una directriz del Comando de las Fuerzas Militares, en la que se ordenaba dar prioridad a la desmovilización y captura de guerrilleros, que a dar de baja en combate a los mismos.

La Fiscalía asegura tener pruebas suficientes de que a pesar de la mencionada directriz, las ejecuciones, según dicen, incentivadas por Montoya, se siguieron realizando. Por tal razón, según el fiscal general, pedirá la próxima semana una audiencia en la JEP para imputar al militar por el delito de homicidio agravado. Esta acción del ente investigador es posible, a pesar de que el caso está siendo llevado por la JEP, gracias a la circular 005 de 2021 de la Fiscalía. Antes de esta, no estaban facultados para actuar por la circular 003 de 2019, emitida por el exfiscal encargado Fabio Espitia.

La mencionada circular aclara que el ente investigador mantiene la competencia de los casos hasta tres meses antes de que la JEP anuncie la emisión de la resolución de conclusiones sobre los mismos. Sin embargo, dicho documento no permitía al ente investigador realizar práctica de pruebas, citaciones, imputaciones, archivos, interrogatorios o toma de testimonios, entre otros.

Ante estas imposibilidades de actuación para la Fiscalía, Francisco Barbosa, por petición e insistencia de las víctimas, expidió la circular 005 de 2021. Este documento, que no solo deroga la circular del 2019, faculta al ente investigador para adelantar todo tipo de acciones que permitan avanzar con la investigación de casos que se lleven en la JEP. Uno de los argumentos de Barbosa para la expedición de este, es que es imperativo que la Fiscalía avance en las investigaciones relacionadas con el conflicto armado que son de competencia de la JEP, hasta el punto procesal máximo permitido.

A pesar de las manifestaciones del fiscal Barbosa, la defensa del militar, en cabeza del abogado Andrés Garzón, aseguró que hasta el momento no ha sido notificado de ninguna actualización en el proceso. Adicionalmente, el defensor sostuvo que ninguna persona en Colombia puede ser juzgada por dos instituciones diferentes.

Así mismo, dijo Garzón en entrevista con Blu Radio, que “lo que pretende la Fiscalía es un acto que va en contra de la ley, ya que todos estos hechos son llevados por la Justicia Especial para la Paz y una persona no puede ser juzgada por dos jurisdicciones en Colombia”. Igualmente, manifestó que “es claro que quien se haya sometido voluntariamente a la JEP tiene que seguir siendo investigado y llevar el proceso en la JEP”, tal como es el caso del excomandante del Ejército.

A pesar de que el caso del retirado Montoya esté bajo la JEP, la Fiscalía podía seguir haciendo investigaciones de los hechos, pero sin tomar una decisión de fondo. Para el abogado del militar, el hecho de que ahora el ente investigador pretenda imputarle cargos a su defendido es ese tipo de decisión, por lo cual anunció que interpondrá ante la Corte Constitucional un conflicto de competencias, para que sea el alto tribunal el que determine ante qué jurisdicción deberá responder su defendido.

La confianza del abogado en que la Corte Constitucional rechace las pretensiones de la Fiscalía se fundamentan en que Montoya ya ha respondido ante la JEP que se considera inocente de los delitos por los que se le acusa. Según el defensor, el hecho de que el ente investigador le pregunte sobre lo mismo, pero en otra jurisdicción, no es posible porque se le trataría de imputar por algo que el militar retirado ya contestó.

Montoya, quien desde su entrada a la JEP en 2018 dijo que no aceptaría culpas ni responsabilidades por los falsos positivos, se ha mantenido firme en sus declaraciones, tanto así, que en septiembre del año pasado las víctimas le solicitaron a esa jurisdicción que lo expulsara porque, según ellos, no estaba cumpliendo con la verdad. A pesar de sus múltiples negaciones, el general (r) Montoya ha sido señalado, por varios militares de distintos rangos, de haber participado e incentivado las ejecuciones de los civiles, ya que, según dicen los militares que lo señalaron, Montoya no exigía capturas sino bajas.

El Espectador


‘General Montoya desobedeció órdenes y destruyó pruebas’: Fiscalía

Desde que el general Mario Montoya Uribe asumió el mando del Ejército Nacional, el 21 de febrero de 2006, instauró en todas las unidades de la institución, desde divisiones hasta pelotones y tropas que no estaban bajo su control operacional, “una política basada en la presión por resultados operacionales, en la que las muertes en combate eran el único criterio para evaluar y comparar a las unidades”.

Por cuenta de esa política, asegura la Fiscalía General, los “comandantes de sus unidades subordinadas sabían que Montoya no pedía (sino) exigía muertes en combate”. Y, como consecuencia de ello, se produjeron al menos 104 ejecuciones extrajudiciales de personas, incluidos cinco menores de edad, por parte de unidades de la Primera, Segunda, Tercera, Quinta y Séptima División del Ejército entre noviembre de 2007 y noviembre de 2008.

Así lo aseguró la Fiscalía Tercera Delegada ante la Corte Suprema en un documento, en poder de EL TIEMPO, en el que plasmó las razones y hechos jurídicamente relevantes para llamar a imputación de cargos al excomandante del Ejército Nacional, uno de los oficiales más condecorados del país, quien fue protagonista de hechos de connotación nacional como la operación ‘Jaque’, en la que fue rescatada de manos de las Farc la excandidata presidencial Ingrid Betancur en 2008.

La imputación que, según la Fiscalía y apoderados de víctimas, sí se puede realizar de acuerdo a las normas vigentes así el oficial se haya acogido a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), versará sobre casos que ocurrieron después de la entrada en vigor de la directiva 300-28 de 2007 del Comando General de las Fuerzas Militares, que ordenó privilegiar, como medición de los resultados operacionales, las desmovilizaciones sobre las capturas y estas sobre las muertes en combate.

Esa circular ordenó cambiar las prioridades operacionales como consecuencia de las denuncias que, al menos desde mayo de 2006, el Ministerio de Defensa y el general Montoya, como comandante del Ejército, estaban recibiendo sobre que las tropas estaban reportando falsamente civiles como muertos en combate.

Según señaló la Fiscalía en el documento conocido por EL TIEMPO, el general Mario Montoya sabía de las razones que motivaron dicha directiva dado que recibió muchas de las quejas y de manera directa o a través del Inspector General del Ejército. Además, de forma directa, el 20 de noviembre de 2007, Montoya recibió la orden del Comando General de las FF.MM de cambiar la forma de evaluar la campaña.

‘Desobedeció la orden’

Pero eso no pasó. Según la Fiscalía, el general comunicó a las unidades dicho mandato pero no lo aplicó: “De manera consciente el general Montoya desobedeció la orden emitida por el Comandante General de las Fuerzas Militares en la Directiva 300-28, cuyo fin era cambiar la forma de evaluar a las Unidades Militares comprometidas en la Campaña y así prevenir nuevas denuncias de ejecuciones extrajudiciales”.

Al contrario, el oficial habría presionado a las tropas, incluyendo las del Comando Conjunto Caribe (que está bajo el mando del Comando General de las Fuerzas Militares y no del Ejército) para reportar bajas y entregar beneficios a quienes lo hicieran como permisos, condecoraciones, viajes y felicitaciones.

Así, a pesar de “alertas internas y externas en las que se denunciaba que integrantes del Ejército estaban matando a civiles para reportarlos como muertos en combate”, el general Montoya seguía haciendo un ‘ranking’ de las Divisiones, Brigadas y Batallones por cantidad de bajas. Su actuación, para la Fiscalía, determinó que otros militares “mataran civiles y los presentaran como muertos en combate, de esta forma ellos cumplían con su política de comando y se beneficiaban de los estímulos contemplados en el plan de moral y bienestar”.

‘Se destruyeron pruebas’

La Fiscalía afirma que “mediante órdenes de fechas 3, 14, 15, 16 y 24 de abril de 2008, el General Montoya ordenó destruir la Directiva permanente 00017 de 1996, Condecoraciones de Orden Público y la Circular No. 62162, que contempla los trámites correspondientes que se deben seguir para otorgar la Condecoración de Servicios Distinguidos en Orden Público”.

Según la entidad, se trata de “documentos que evidenciaban su política de muertes en combate y su incumplimiento de la orden del Comandante General de las Fuerzas Militares de cambiar la forma de evaluar la Campaña. La orden de destruir material probatorio fue replicada, por lo menos, por los comandantes de las Divisiones Segunda y Séptima, de las Brigadas 11, 14, 30 y móvil 15”.

La defensa del oficial (r) dijo a EL TIEMPO que el oficial no incurrió en hechos irregulares pues se trató de rescindir directivas derogadas y que, si bien, cuando eso sucede los documentos se destruyen, esto no es un ocultamiento de evidencia en atención a que las órdenes reposaban y siguen estando en el archivo general de las Fuerzas Militares.

La Fiscalía igualmente apunta a que, como consecuencia de las acciones endilgadas al general Montoya, comandantes de División, Brigada y Unidad Táctica del Ejército Nacional, “replicaron la política de comando basada en la presión por resultados operacionales, en la que las muertes en combate eran el único criterio para evaluar y comparar a las unidades subalternas”.

“Desde que el general Montoya llegó al Comando del Ejército Nacional dirigió el Plan de moral y bienestar para que los permisos, cursos, condecoraciones y demás beneficios contemplados fueran otorgados principalmente a los integrantes del Ejército que cumplieran su política de muertes en combate. Dichos beneficios eran concedidos en todos los niveles del mando, es decir, desde los soldados hasta los Comandantes de Brigada”, agregó la Fiscalía.

A esto se suma que los oficiales que no reportaban la cantidad de muertes en combate esperadas, “sin importar el grado o el cargo, eran puestos en escarnio ante todo el Ejército durante los programas radiales”. ¿Cómo? Según la Fiscalía, Montoya impartía instrucciones para que los relevaran del mando, no les dieran permisos especiales o cursos, los calificaran en listas inferiores respecto a quienes si cumplían con la cantidad de muertes en combate que exigía.

La Fiscalía señala que los 104 casos por los cuales imputará cargos al general (r) Montoya tienen en común que ocurrieron mientras fue comandante del Ejército, entre el 20 de noviembre de 2007 y el 04 de noviembre de 2008, por tropas bajo su mando. Además, todas las víctimas fueron presentadas como un resultado operacional, cuando ninguna en realidad murió en combate.

“Todas estas víctimas estaban o fueron colocadas en situación de indefensión o inferioridad”, dijo la Fiscalía y, en todos los casos, “la motivación de los autores era cumplir con su política de muertos en combate y beneficiarse de los permisos, felicitaciones, cursos, condecoraciones contempladas en el plan de Moral y Bienestar definido por Mario Montoya”.

“Estos hechos le servían a Mario Montoya para mostrar, en términos de resultados operacionales, un Ejército estadísticamente exitoso (y) todos tienen sentencia condenatoria ejecutoriada”, apuntó la Fiscalía.

La imputación y la defensa de Montoya

Considerado un baluarte del Ejército, el general Mario Montoya, hoy en retiro, era objeto de investigaciones en la Fiscalía por su presunta responsabilidad en el fenómeno criminal conocido como ‘falsos positivos’, un capítulo que, según la Jurisdicción Especial para la Paz, dejó por lo menos 6.402 víctimas en todo el país entre 2002 y 2008.

Montoya se acogió a la JEP en 2018, señalando desde el comienzo que no aceptará responsabilidad alguna por tales crímenes. Desde entonces, han salido a relucir múltiples testimonios que lo involucrarían en la emisión de presiones a las tropas para obtener bajas en combate o pidiendo, según los testimonios, “litros de sangre”.

La comparecencia forzosa a la JEP no impide, según las leyes vigentes, que la Fiscalía avance en sus propias pesquisas, siempre que no tome decisiones de fondo. La decisión de imputar cargos se basa en la circular 005 de 2021 que emitió el fiscal Francisco Barbosa, señalando que incluso cuando una persona está en la JEP se pueden realizar todas las actuaciones posibles, como imputaciones de cargos, hasta antes de la etapa de juzgamiento para los casos que cursen bajo ley 600 de 2000 o la ley 906 de 2004. Y que no se podrán dictar órdenes de captura ni pedir medidas de aseguramiento.

Esa circular derogó la 003 de 2019 que decía que no se podían realizar práctica de pruebas, citaciones, imputaciones, archivos, interrogatorios o toma de testimonios, entre otros. Para los representantes de víctimas eso implicó, en la práctica, la parálisis de los procesos en la justicia ordinaria ya que se tomó como fundamento para no hacer esta diligencia de imputación antes, según dijo el abogado Sebastián Escobar, del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo.

“Hicimos solicitudes de imputación en varias ocasiones”, dijo Escobar al explicar que, desde comienzos del año 2019, en reuniones sostenidas con el despacho, se afirmó
que la indagación preliminar se encontraba plenamente perfeccionada y que el paso siguiente era la imputación de cargos. No obstante, esa diligencia no se citó por cuenta de la directiva 003 de 2019.

“Nosotros, mediante acciones de tutela solicitamos la imputación y la inaplicación de esta circular pero no fue sino hasta hoy que se ve el triunfo de esas solicitudes”, dijo el abogado a EL TIEMPO.

No obstante, la defensa del oficial asegura que esta diligencia no se puede hacer en atención a los pronunciamientos de las altas cortes sobre la Ley Estatutaria de la JEP, entre otros. Andrés Garzón, abogado del general, señaló que hay vacíos jurídicos.

“El señor fiscal no puede derogar en ningún momento ni el acto legislativo que reglamenta el Acuerdo de Paz que le da competencia prevalente a la Justicia Especial para la Paz y tampoco puede desconocer la Ley Estatuaria que estipula que la Fiscalía no puede citar a diligencias judiciales que impliquen la afectación de derechos para quien están sometidos a la JEP”, señaló.

Garzón aseguró que la audiencia de imputación de cargos sí es una actuación de fondo en tanto que, en la misma, una persona tiene derecho, si así lo desea, de allanarse a cargos. El abogado anticipó que interpondrá un conflicto de competencias una vez se produzca la diligencia teniendo en cuenta, entre otros, que Montoya ya rindió versión ante la JEP.

“Seguramente la petición que haga la Fiscalía será rechazada”, dijo el abogado, quien indicó que una persona en Colombia no puede estar al mismo tiempo bajo dos jurisdicciones.

La JEP ya le solicitó explicaciones y le dijo a Mario Montoya que cómo se declaraba sobre los hechos que la Fiscalía quiere volver a imputar y él ya contestó.

“La JEP ya le solicitó explicaciones y le dijo a Mario Montoya que cómo se declaraba sobre los hechos que la Fiscalía quiere volver a imputar y él ya contestó. Por lo tanto, la Fiscalía no puede volver a hacer lo mismo en otra jurisdicción”, dijo el jurista.

De otro lado, Garzón reprochó que se haga un llamado a imputación por hechos cometidos por integrantes de unidades que estaban bajo el mando operacional del Comando General de las Fuerzas Militares y no del Comando del Ejército.

El jurista indicó que, contrario a lo afirmado, el oficial no iba a batallones a premiar o a descalificar oficiales, y señaló que no existió una política de ‘falsos positivos’ y que los casos que ocurrieron no fueron propiciados por omisión u acción de Mario Montoya.

El Tiempo


Informe de Amnistía Internacional dice que Esmad habría violado derechos de manifestantes en Cali

Amnistía Internacional, una de las organizaciones más importantes del mundo que vela por la defensa de los derechos humanos, dio a conocer un informe sobre los hechos registrados en Cali en el marco del paro nacional .

Para el organismo, la conclusión de lo ocurrido en Cali durante las protestas del paro nacional es una: agentes del Escuadrón Móvil Antidisturbios habrían violado sistemáticamente los derechos humanos de los manifestantes en la capital del Valle del Cauca.

“Básicamente a la conclusión que llegamos es el uso innecesario de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad, el uso ilegal de armas letales y otras armas menos letales. Y, con mucha preocupación, vimos casos de paramilitarismo urbano en el que muchos civiles armados actuaron”, dijo María José Veramendi, investigadora de Amnistía Internacional.

En el documento, denominado ‘Cali, en el epicentro de la represión’, se analizan tres acontecimientos específicos. El primero, ocurrido el 3 de mayo, cuando, en medio de la denominada ‘Operación Siloé’ de la Policía, perdió la vida el joven Kevin Agudelo.

“En el material videográfico que hemos podido verificar se evidencia a agentes de la fuerza pública utilizando armamento letal y no se evidencia en el material que hemos verificado en ningún momento que la manifestación representara un riesgo para la vida de los agentes de la fuerza pública”, señaló Veramendi.

El segundo hecho analizado fue el ataque contra la minga indígena el 9 de mayo. Allí, según muestran varios videos, hubo civiles armados en presencia de agentes de la Policía y resultó herida una líder indígena.

“Este no es un ataque fortuito, sino que se tiene evidencia de conversaciones a la que ha accedido Amnistía Internacional de manera confidencial, en el que sería un ataque premeditado para afectar a los participantes de la minga”, indicó la investigadora.

Y el tercero, dice el informe de Amnistía Internacional, fue el ocurrido el 28 de mayo, cuando se registraron excesos de fuerza en las afueras de la Universidad del Valle y donde hubo denuncias de tortura contra los manifestantes capturados.

“En los hechos del 28 de mayo, que documentamos como caso de paramilitarismo urbano , nuevamente vemos la presencia de civiles armados y no solo civiles armados atacando a manifestantes pacíficos, sino haciendo detenciones. Los jóvenes denuncian haber sido golpeados, sometidos a tratos crueles e inhumanos y luego obligados a autoincriminarse”, anotó Veramendi.

El informe de Amnistía Internacional señala que los hechos ocurridos no fueron aislados.

“Concluimos que esta no es una situación aislada, sino que corresponde a un patrón de infligir miedo y desincentivar la protesta pacífica en el país”, aseguró.

El informe insta a las autoridades colombianas a detener la represión en las manifestaciones y evitar la utilización de armas letales para dispersar multitudes y se refiere específicamente al uso del dispositivo venom.

“En Colombia, este instrumento está categorizado, según los manuales de la Policía, como un arma menos letal, pero efectivamente puede tener efectos letales y su uso no se regula solamente teniendo un protocolo o entrenamiento. Su uso puede resultar letal y nosotros, como Amnistía Internacional, estamos recomendando que se deje de utilizar”, anotó.

Amnistía Internacional sugiere en el informe que el Gobierno inicie las investigaciones independientes e imparciales sobre violaciones de derechos humanos en el marco del paro nacional.

Asimismo, espera que los cambios en la Policía, anunciados por el presidente de Colombia, Iván Duque, representen una nueva visión hacia el respeto de los derechos humanos y la protesta pacífica.

Caracol


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