El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado el recurso de Zoubida Barik Edidi, una abogada de religión musulmana a la que la Audiencia Nacional Española impidió sentarse en el estrado tocada con un hiyab (un pañuelo que cubre el pelo) durante un juicio celebrado en octubre de 2009. El presidente del tribunal, Javier Gómez Bermúdez, le conminó a quitarse el velo con el argumento de que los letrados no pueden permanecer con la cabeza cubierta en la sala durante la vista oral. Ante su negativa, el magistrado, en su función de policía de sala, le obligó a abandonar el estrado y sentarse en los bancos reservados para el público. La letrada, tras no encontrar amparo en ninguna instancia española, acudió al tribunal de garantías con sede en Estrasburgo (Francia) por violación de los derechos a un juicio justo, al respeto a la intimidad personal y familiar, a la libertad religiosa y a la no discriminación. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado su recurso al entender que Barik Edidi no agotó en España todas sus vías de recurso, ya que introdujo de manera tardía el recurso de alzada ante la propia Audiencia Nacional en el inicio del procedimiento, por lo que "ella misma se ha convertido en responsable de la situación de la que se queja". Por ello, Estrasburgo archiva su caso sin entrar siquiera en el fondo de la cuestión. Barik Edidi, española de origen marroquí, acudió al juicio para asistir a otro compañero. En la primera jornada se sentó, tocada con el hiyab, en la bancada del público. En la sesión del 20 de octubre de 2009, vestida con la toga reglamentaria y con el pañuelo islámico, se sentó en el estrado de los abogados, sin que ningún miembro del tribunal hiciera comentario alguno. Fue en la vista del 22 de octubre cuando Gómez Bermúdez le exigió que se quitara el pañuelo que solo le cubría el pelo y no el rostro, informó el diario El Pais. La letrada interpuso una queja en el Colegio de Abogados de Madrid y también ante el Consejo General del Poder Judicial, al entender que el magistrado había cometido una falta grave o muy grave de abuso de autoridad y discriminación. El órgano de gobierno de los jueces no dio respuesta alguna a la queja de la abogada. Ante este silencio, Barik Edidi acudió entonces ante el Tribunal Supremo en defensa de sus derechos fundamentales. La más alta instancia judicial española desestimó su recurso sin entrar en el fondo del asunto al considerar que el Consejo General del Poder Judicial no es un órgano jurisdiccional y no se le puede criticar por no pronunciarse sobre un asunto. La abogada acudió entonces ante el Tribunal Constitucional con el argumento de que el Supremo había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva al rechazar su caso. El órgano intérprete de la Ley Fundamental desestimó también su recurso. Fuente: AIN
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